La Ley N°21.015 de Inclusión Laboral marca un hito en el camino hacia una sociedad más justa e inclusiva. Su objetivo central es promover la incorporación efectiva de personas con discapacidad al mundo del trabajo, garantizando igualdad de oportunidades, trato digno y participación activa en el desarrollo económico y social del país.
Esta normativa establece que todas las empresas e instituciones públicas o privadas con 100 o más trabajadores deben contratar al menos un 2% de personas con discapacidad o beneficiarias de pensión de invalidez, siempre que su condición esté debidamente registrada en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND).
⚖️ ¿Qué exige la ley?
Más allá de una cuota, la ley introduce principios clave que orientan la gestión de personas:
- No discriminación: se prohíbe cualquier forma de discriminación, directa o indirecta, en procesos de selección, contratación, promoción o desvinculación por motivos de discapacidad.
- Adaptaciones razonables: los empleadores deben realizar los ajustes necesarios para que las personas con discapacidad puedan desempeñar sus funciones en igualdad de condiciones.
- Fiscalización y reporte: la Dirección del Trabajo supervisa el cumplimiento y las empresas deben reportar anualmente sus acciones de inclusión. El incumplimiento puede derivar en sanciones.
🔄 Medidas alternativas: una excepción, no la regla
La ley contempla medidas alternativas solo en casos excepcionales y debidamente justificados, cuando la empresa pueda demostrar que:
- La naturaleza de sus funciones impide la contratación directa, o
- No existen postulantes con discapacidad interesados en las ofertas publicadas.
Estas causales deben ser documentadas y validadas por la Dirección del Trabajo. Las medidas alternativas pueden consistir en:
- Donaciones a fundaciones u organizaciones inscritas en el Ministerio de Desarrollo Social cuyo objeto sea la inclusión laboral.
- Tercerización de servicios con empresas que sí emplean personas con discapacidad.
Es importante destacar que estas medidas no reemplazan el espíritu de la ley, cuyo foco principal es la inclusión directa y efectiva.
🌱 Un impacto que va más allá de la norma
La Ley N°21.015 no busca solo cumplir una exigencia legal. Su verdadero valor está en la posibilidad de transformar la cultura organizacional, visibilizar talentos diversos y construir entornos laborales más justos, sostenibles y humanos.
Cuando se aborda de manera estratégica, la inclusión laboral se convierte en un motor de desarrollo territorial, cohesión social y fortalecimiento institucional.
Desde Fundación Cumbres del Roble, creemos que comprender la ley es el primer paso para implementarla con sentido. La inclusión no es un trámite: es una oportunidad para generar impacto real.
¿Necesitas ayuda con la implementación?
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